Requisitos de entrada de mascotas en Yibuti
Autoridad y texto histórico de importación de 1948 leídos; protocolo doméstico actual pendiente.
Página agrícola trata atención/certificación local canina/felina, alimentos animales importados y ganado exportado, no admisión particular. Diario oficial conserva Orden 640 del 22 de junio de 1948: cláusulas históricas de control veterinario, documentos de origen sano y examen sin documentos; pases de exportación son dirección separada. Texto colonial archivado, sin aplicación actual 2026 demostrada. Referencias posteriores señalan Orden 1120 del 1 de agosto de 1956 sobre animales vivos, sin texto íntegro ni vigencia aplicable obtenidos. Archivo/referencias no prueban exención actual de permiso, plazo vacunal ni cuarentena fija. Solicita instrucciones actuales y documentos de origen aceptados; sin lista confirmada. Artículo 38 del Código aduanero oficial 2011 define mercancías prohibidas/restringidas y ausencia de títulos válidos; no declara por sí solo prohibición absoluta de todo animal vivo. Artículo 10 de Ley financiera 2026 exime bovinos, ovinos/caprinos, aves y camélidos, no perros/gatos universalmente. Medidas electrónicas para operadores económicos no acreditan trámite particular. Condiciones veterinarias domésticas actuales pendientes.
Los requisitos dependen de la ruta, el animal y la compañía operadora. Confirma tu viaje con la autoridad y la aerolínea.