Normas de microchip, rabia y documentos de la UE, con la lista nacional de puntos de entrada.
Vía de importación
Perro / Gato · En cabina / En bodega como equipaje
La vía ordinaria admite hasta cinco perros/gatos/hurones en total, sin venta ni transferencia de propiedad. La mascota acompaña al dueño; una persona autorizada necesita autorización escrita y el dueño debe viajar dentro de los cinco días anteriores o posteriores. Si el transporte no forma parte del viaje del dueño, se aplican otras normas de movimiento/importación, aunque sea una mascota particular. No se cubren las excepciones para eventos con más de cinco.
Solo la vía no comercial acompañada con vacuna antirrábica válida; consulta el alcance del destino y las excepciones aplicables.
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Identifica a la mascota con un microchip conforme y registra el número en su documento. La fecha de vacuna antirrábica no puede preceder a la implantación o lectura del chip. Se acepta como excepción un tatuaje claramente legible aplicado antes del 3 de julio de 2011. Consulta requisitos técnicos y disposiciones transitorias para chips existentes antes de implantar uno.
Solo la vía no comercial acompañada con vacuna antirrábica válida; consulta el alcance del destino y las excepciones aplicables.
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En la vía ordinaria vacunada, la vacuna antirrábica se aplica desde las 12 semanas y debe seguir vigente al viajar. Espera al menos 21 días tras completar la primovacunación. Un refuerzo dentro de la vigencia anterior mantiene la serie; si caduca, revisa nuevamente la espera de primovacunación. No se determinan aquí excepciones nacionales para animales jóvenes.
Solo la vía no comercial acompañada con vacuna antirrábica válida; consulta el alcance del destino y las excepciones aplicables.
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Desde otro miembro de la UE, lleva pasaporte europeo válido y completo; un certificado aún válido, comprobado al entrar antes en la UE, puede cubrir la continuación. Para la vía ordinaria de certificado desde fuera de la UE, usa el anexo III del Reglamento 2026/705, expedido por veterinario oficial o avalado por la autoridad tras emisión por veterinario autorizado, con declaración no comercial. Normalmente hay 10 días entre expedición y control documental/de identidad en la primera entrada a la UE (extensión específica por mar). Tras el control, cubre viajes posteriores hasta seis meses o hasta caducar la vacuna, lo que ocurra antes. Verifica aparte las exenciones con pasaporte; uno emitido a un dueño residente en Gran Bretaña no es automáticamente válido.
Solo la vía no comercial acompañada con vacuna antirrábica válida; consulta el alcance del destino y las excepciones aplicables.
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China continental no figura en las listas de exención de la UE. Para la primera entrada ordinaria con certificado, usa una prueba de anticuerpos en laboratorio designado, con resultado mínimo de 0,5 IU/ml y su informe oficial adjunto. La muestra se toma al menos 30 días tras primovacunación, o dentro de una serie vigente, y al menos 90 días antes de emitir el certificado sanitario que acompaña el viaje. No cuentes desde la llegada. Con vacunación continuamente vigente no se repite una prueba favorable; existe otra excepción de espera para mascotas residentes en la UE que regresan con la prueba documentada en pasaporte antes de salir.
Entrada ordinaria desde China continental; sin excepción de regreso como residente de la UE confirmada.
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Los orígenes cubiertos Hong Kong, Estados Unidos, Canadá, México, Japón, Gran Bretaña, Australia, Nueva Zelanda y Singapur figuran en la vía de exención de serología de la UE. También cuentan las estancias y el tránsito: tras pasar por territorio no listado, una declaración firmada debe acreditar tránsito seguro sin contacto con animales susceptibles a rabia. Siguen siendo obligatorias vacuna vigente, identificación y documentos. China continental no puede usar la inclusión de Hong Kong.
Vía de origen listado; verifica residencia, estancias y tránsito según el artículo 17.
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Desde los orígenes cubiertos de fuera de la UE, realiza el control documental y de identidad en el primer punto designado de entrada a la UE y contacta allí con la autoridad al llegar. Si este país es la primera entrada europea, las referencias oficiales incluyen aeropuertos internacionales de Lárnaca y Pafos. La lista o norma nacional enlazada es anterior al marco europeo de 2026; úsala como referencia de ubicación y confirma servicio y controles actuales. Si entras primero por otro miembro, no pospongas el control hasta el destino final.
Primera entrada a la UE, no cada cruce posterior entre miembros.